El Real Madrid conoció la pasada semana la resolución del Juez Único de Competición por la que se declinaba la solicitud del club blanco de aplazar la primera jornada de Liga contra Osasuna que la patronal estableció para el 19 de agosto a las 21 horas en el Santiago Bernabéu. Tal y como anunció Defensa Central, en las oficinas de Concha Espina no se iban a quedar con las manos quietas e iban a recurrir la decisión de José Alberto Peláez, el magistrado destinado a dirimir el asunto.
Y, hace escasos minutos, se ha pronunciado el Comité de Segunda Instancia de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), el órgano de apelación al que se puede recurrir este tipo de decisiones, confirmando el fallo que Peláez dictaminó hace unos días. Una decisión muy controvertida que ha provocado que Realmadrid TV ya haya denunciado la “adulteración” de la competición doméstica, recordando que el cuadro de Xabi Alonso sólo tendrá 15 días para preparar el choque. Barcelona y Atlético, de pretemporada desde hace tiempo, empezarán la Liga teniendo 33 y 27 días previos de trabajo.
El Madrid basaba su argumentación jurídica en el descanso que la Liga ha ininterrumpido de manera clara, puesto que, según el convenio de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), los jugadores deben tener, como mínimo, 21 días seguidos de asueto. Un plazo que también se estipula para la pretemporada y, en este último punto, el equipo merengue no cumple con el requisito, poniendo en riesgo la Liga la salud y la integridad física de los futbolistas, que son los protagonistas del espectáculo.
Sin embargo, el Comité de Segunda Instancia de la RFEF ha denegado la petición del Madrid de retrasar el encuentro -medida que Osasuna compartía y se había señalado el 27 de octubre para jugar el duelo, incluso la posibilidad de desplazarlo a diciembre-, señalando que “la interpretación de la causa de fuerza mayor debe de ser lo menos invasiva posible para lograr un equilibrio entre la previsibilidad del calendario y la respuesta a situaciones imprevisibles, inevitables o insuperables para lograr la mayor integridad en la competición posible”.
El Mundial de Clubes, irrelevante
El Madrid ha tenido una campaña especial que concluyó con el Mundial de Clubes. Hasta entrado el mes de julio, no acabó el curso para los de Alonso, pero, para el Comité de la Federación, esto resulta irrelevante. “Ni el argumento de la participación en el Mundial de Clubes o contar o no con una plantilla más o menos amplia, suponen por sí mismo la concurrencia de una causa de fuerza mayor”, señalan en su documento.

“La participación en el Mundial de Clubes era conocida y previsible por parte de la entidad, no concurriendo por tanto uno de los elementos fundamentales de la causa de fuerza mayor, el de la imprevisibilidad de los hechos que fundamentan la concurrencia de dicha causa para el aplazamiento de un partido oficial”, añaden, recordando que el Madrid participó en el Mundialito “de forma libre y consciente, teniendo la consecuencia conocida y por tanto prevista y asumiendo que se pudiera ver afectado el tiempo de preparación física de su equipo de cara al primer partido de Liga”.
La salud de los futbolistas
El Comité de la RFEF también valora que no le compete la salud de los futbolistas, a pesar de que “es una cuestión relevante para este Comité, como ya se ha mantenido por los órganos competicionales de la RFEF en anteriores resoluciones, pero consideramos que ni cuenta este Comité con competencia ni es el ámbito en que dicho debate deba de zanjarse de modo puntual en un sentido u otro, correspondiendo el mismo a la totalidad de los actores, operadores, protagonistas nacionales e internacionales que deben de velar por la integridad de los/as futbolistas”.
La Segunda instancia federativa, pues, conserva la fecha para el Madrid-Osasuna del próximo 19 de agosto y no acepta el recurso que el Madrid había presentado. Agotada la vía federativa, ya sólo falta por acudir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que depende del Consejo Superior de Deportes (CSD). El plazo para presentar el recurso ante este organismo expira el 15 de agosto a mediodía. Si el TAD falla en contra, el Madrid tendrá que recurrir a la justicia ordinaria.